Técnicas de seguridad.
No podemos pensar en la protección de datos como una tonteria, porque se trata de algo bien distinto. Se trata de un modelo de gestión responsable y comprometido de la información personal de otros y de una cultura de trabajo vinculada a la protección de esa información. Los usuarios ya se están familiarizando con sus derechos.
El RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) indica que las medidas de seguridad deberán ser proporcionales y adecuadas al riesgo detectado. Pero hay algunas medidas mínimas de seguridad que nos propone si los tratamientos que realizamos no entrañan riesgos elevados. Es decir, si no tratamos datos especialmente protegidos.
https://ayudaleyprotecciondatos.es/2018/12/17/medidas-seguridad-rgpd/
El RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) indica que las medidas de seguridad deberán ser proporcionales y adecuadas al riesgo detectado. Pero hay algunas medidas mínimas de seguridad que nos propone si los tratamientos que realizamos no entrañan riesgos elevados. Es decir, si no tratamos datos especialmente protegidos.
Cuando el mismo ordenador o dispositivo se utilice para el tratamiento de datos personales y fines de uso personal se recomienda disponer de varios perfiles o usuarios distintos para cada una de las finalidades.
Es importante separar los usos personales y profesionales del ordenador.
https://ayudaleyprotecciondatos.es/2018/12/17/medidas-seguridad-rgpd/
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